tipo de fundamentación de los derechos humanos que señala que éstos derivan de la naturaleza humana
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
El iusnaturalismo y el no positivismo jurídico aceptan o se ven obligados a asumir que los derechos humanos deben radicar en un sustrato sólido, inamovible, eterno y absoluto. De lo contrario, no habría manera de construir una teoría de los derechos humanos permanente y estable. La estabilidad óntica es un “a priori” de estas teorías, porque sin ella derivan en relativismo. Esto supone, además un cognoscitivismo: los principios fundantes del derecho pueden ser racionalmente aprehendidos. Ahora bien, toda la doctrina iusnaturalista de los derechos humanos parte del supuesto de que existe una naturaleza humana y que podemos acceder racionalmente a ella. El trabajo examina toda esta problemática, pero lo hace desde una perspectiva lógico-semántica. Este enfoque revela aspectos desconocidos y permite abrir nuevas posibilidades de comprensión del objetivismo jurídico, según el cual hay (existe) naturaleza y dignidad humanas y, por consiguiente, derechos humanos absolutos.