Taller:
Un empleado gana una remuneración mensual de $1.350.000, cumple su jornada máxima legal de 8 horas durante los 6 días laborales de la semana, en el siguiente horario:
Lunes a sábado: de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. (con dos horas de almuerzo)
Presenta las siguientes novedades:
Fecha de ingreso: 15 de enero de 2.017
Modalidad de Contrato: Término fijo a un año. El 16 de enero de 2018 le
renovaron el contrato por un año más.
En el mes de octubre de 2019: Laboró tres domingos.
En el mes de noviembre de 2019: Durante una semana le hicieron cumplir el siguiente horario
Lunes a viernes: 8:00am a 12:00pm – 2:00pm a 6:00pm y 2 horas extras (cada día): de 6:00 pm a 8:00 p.m
Y el sábado: de 2:00pm a 6:00 pm – y de 8:00 pm a 12:00 de media noche. Le hicieron laborar las dos horas siguientes como horas extras.
En el mes de diciembre de 2019: El trabajador faltó un día sin justificación a laborar.
El 15 de diciembre de 2019: El empleador le reconoció “aguinaldo” por valor de $350.000
El trabajador no quedó a gusto que en el último semestre le hayan impuesto horas extras, dominicales y nocturnas por lo que decide renunciar a su vinculación el día 16 de enero de 2.020.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
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Respuesta:
gracias por los puntos amigo o amiga
Explicación:
no se el resultado no me gusta mucho leer
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