sujeto activo y pasivo de los delitos electorales
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El sujeto pasivo es el titular del bien jurídicamente dañado o puesto en peligro por la comisión del acto ilícito. En el caso de los delitos electorales, el sujeto pasivo es el PUEBLO en tanto titular de la soberanía, así como el ESTADO en tanto organizador y responsable de los procesos electorales.
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