Historia, pregunta formulada por RonyGabrielescobar, hace 1 año

sobre qué trata el Art. 73 de la Constitución nacional​


salmon5324: Artículo 73 Frac. XVI. Dictar leyes sobre nacionalidad, condición jurídica de los extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración y salubridad general de la República. ... Expedir leyes que establezcan la concurrencia de los tres niveles de gobierno, en materia de asentamientos humanos.

Espero que te ayude :)

Respuestas a la pregunta

Contestado por leydidi35
4

Respuesta:

Artículo 73. La actividad periodística gozará de protección para garantizar su libertad e independencia profesional

Explicación:

es con lo que te puedo ayudar


RonyGabrielescobar: gracias
leydidi35: de nada espero que te sirva
Contestado por Elva264
2

Respuesta:

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. El genocidio y la tortura, así como la desaparición forzosa de personas, el secuestro y el homicidio por razones políticas son imprescriptibles.

Explicación:

tengo este mismo trabajo

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