Administración, pregunta formulada por brneke, hace 1 mes

Sobre qué trata el art. 29 del código de trabajo en Chile?

Respuestas a la pregunta

Contestado por Usuario anónimo
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Respuesta:

Podrá excederse la jornada ordinaria, pero en la medida indispensable para evitar perjuicios en la marcha normal del establecimiento o faena, cuando sobrevengan fuerza mayor o caso fortuito, o cuando deban impedirse accidentes o efectuarse arreglos o reparaciones impostergables en las maquinarias o instalaciones.

Explicación:

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