situacióny relación con el derecho
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Breve resumen.- Los conceptos de “relación jurídica” y “situación jurídica” son tan clásicos en
los estudios de Derecho como decisivos para la comprensión de cuestiones de máxima relevancia en la
Teoría del Derecho. En particular, no pueden entenderse nociones como “derecho subjetivo”, “potestad”,
“sujeción”, “obligación” o “deber” sin antes comprender cuándo estamos ante una relación jurídica y que
situaciones de poder y sometimiento se derivan de ella. En este trabajo se intenta resumir, en forma
básica y didáctica, cuáles son los elementos que concurren en los conceptos de relación jurídica y
situación jurídica, así como las imbricaciones existentes entre ambos.
I. LA RELACION JURIDICA
1. Concepto
La relación jurídica es uno de los conceptos clásicos del Derecho. Sus antecedentes más
antiguos se remontan al Derecho Romano donde ya se acuñó la expresión iuris vinculum para hacer
referencia a la obligatio de una persona respecto de otra1
. Más tarde, I. Kant asociaría el concepto mismo
de Derecho con "la relación externa y ciertamente práctica de una persona con otra, en tanto que sus
acciones pueden influirse entre sí"2
. Pero será F. Savigny quien formule el concepto de relación jurídica
considerándola como una "relación de persona a persona, determinada por una regla jurídica, que asigna
a cada uno un dominio en el que su voluntad reina independientemente de otra voluntad ajena"3
. Para
Savigny, la relación jurídica se convierte así en el instrumento idóneo con el que delimitar el ámbito de
derechos y deberes de una persona respecto de otra4
.
A partir de ese momento la relación jurídica va a constituirse en una de las categorías
centrales del Derecho. H. Kelsen, por ejemplo, asocia el concepto de relación jurídica con los de derecho
subjetivo y obligación, y define a aquélla "como la relación entre sujetos de derecho; es decir, entre el
sujeto de una obligación jurídica y el sujeto del derecho subjetivo correspondiente"5
. Otros autores irán
más lejos y situarán a la relación jurídica en el núcleo mismo de la Teoría del Derecho. Así, A. Levi
considerará que el Derecho es un conjunto de relaciones a las que define "como todo vínculo entre
sujetos, considerado en función de la norma de derecho, la cual califica y regula el comportamiento
recíproco y correlativo de los mismos"6
.
Existe coincidencia doctrinal al entender la relación jurídica como una relación
intersubjetiva entre dos o más personas, regulada por el ordenamiento jurídico, y de la cual se derivan
situaciones de poder o de deber para las personas relacionadas7
. Sin embargo, el análisis doctrinal no es
siempre coincidente al abordar aspectos como la fuente de la relación jurídica, su estructura o sus clases.
1 La definición de obligatio como un iuris vinculum se encuentra ya en las Instituciones de Justiniano (