Filosofía, pregunta formulada por peluqueriapary3108, hace 5 meses

significado están cobarde juzga a una persona ausente como atacar a una persona indefemsa

Respuestas a la pregunta

Contestado por tinamoralespena573
0

Respuesta:

Sin perjuicio de la competencia judicial, la declaración de mera ausencia de una persona que haya desaparecido de su domicilio, ignorándose su paradero, podrá hacerse por escritura pública. El trámite se adelantará en la notaría del círculo que corresponda al último domicilio del desaparecido en el territorio nacional, y si éste tenía varios, al del asiento principal de sus negocios. La solicitud de esta declaración la podrá realizar el cónyuge, compañero(a) permanente, aquellos que tengan vocación hereditaria o interés legítimo con respecto al desaparecido, quienes deberán acudir ante el Notario, personalmente o a través de apoderado para presentar la solicitud la cual deberá contener la información y anexos requeridos en este decreto. Así mismo la escritura pública de Declaración de Mera Ausencia contendrá los mismos elementos de la solicitud, un recuento de lo actuado, y la constancia del notario de que, surtido los trámites correspondientes, no fue posible determinar el paradero del ausente. En ella también se dejará constancia de la entrega de los bienes al administrador.

Otras preguntas