si usted es sorprendido en el vecindario o lugar de habitación urbana o rural perturbando o afectando el sosiego de las personas con cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la fuente del ruido, salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas; será obeto de la siguiente medida correctiva
Respuestas a la pregunta
Si usted es sorprendido en el vecindario o lugar de habitación urbana o rural perturbando o afectando el sosiego de las personas con cualquier medio de producción de sonidos o dispositivos o accesorios o maquinaria que produzcan ruidos, desde bienes muebles o inmuebles, en cuyo caso podrán las autoridades identificar, registrar y desactivar temporalmente la fuente del ruido, salvo sean originados en construcciones o reparaciones en horas permitidas; será obeto de la siguiente medida correctiva:Numeral 1 :Multa General tipo 3; Disolución de reunión o actividad que involucre aglomeraciones de público no compleja.
En ese sentido, basándonos en el Código Nacional de la Policía, tenemos que forma parte de los comportamientos afectan la tranquilidad y relaciones respetuosas de las personas.