Contabilidad, pregunta formulada por 2004eduardobe27, hace 7 meses

si un trabajador tiene un sueldo diario de $450.00, labora 6 horas de sus día de descanso, su horario de trabajo es de 8 Am a 4 Pm ¿Cuánto debe cobrar por concepto de DÍA DE DESCANSO TRABAJANDO?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por guillermomendozamar1
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Explicación:

Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que por cada 6 días de trabajo existirá uno que será exclusivo para el descanso del trabajador y que debe ser pagado. Esta medida busca asegurar que los colaboradores cuenten con al menos un día de descanso remunerado a la semana.

Hay casos en los que debido a la naturaleza del trabajo, empresa, industria o por la carga de tareas y responsabilidades que el trabajador tiene, será necesario que acuda a trabajar toda la semana sin disfrutar de su día de descanso. Antes que nada, hay que dejar en claro que para que esto suceda el trabajador debe ceder su día de descanso de forma voluntaria.

En segundo lugar, la ley establece que todos aquellos que trabajen en su día de descanso, serán acreedores al 200% extra de su salario diario. Este extra no es una extensión de su sueldo, sino técnicamente se trata de una remuneración por no haber recibido su derecho.

La LFT sugiere que el día de descanso sea domingo, pero este puede variar de acuerdo a la empresa o industria. Aquellas personas que trabajen en domingo son acreedores a recibir un porcentaje extra llamado prima dominical.

Diferencias entre el día de descanso y el día festivo trabajado

Un día festivo se otorga por celebraciones o fechas especiales que están marcadas por la LFT como obligatorias. Estas son:

1o. de Enero.

El primer lunes de febrero por la conmemoración del 5 de febrero (Día de la Constitución).

El tercer lunes de marzo por la conmemoración del 21 de marzo (Natalicio de Benito Juárez).

El 1o. de Mayo (Día del Trabajo).

El 16 de septiembre (Aniversario de la Independencia).

El tercer lunes de noviembre por la conmemoración del 20 de noviembre (Aniversario de la Revolución Mexicana).

El 25 de diciembre.

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