si tengo una orden judicial puedo intervenir ub telefono? doy 100 coronas y sigo
jhonveracsd:
Espero mi coronita Plis
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Respuesta:
Las cartas, las comunicaciones telegráficas y telefónicas solo pueden ser interceptadas, registradas o escuchadas si de por medio hay una orden judicial emanada de un juez o un fiscal, pero en ningún caso cuando la orden proviene de una autoridad administrativa, como lo son los directores de prisiones
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