Ciencias Sociales, pregunta formulada por Juli56ladino, hace 2 meses

si te llegarán a capturar , pero no tienen pruebas en tu contra ¿que mecánismos de protección aplicarías para obtener tu libertad ?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por Moot
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Respuesta:

Simplemente hablar con la verdad y como no tiene pruebas obligatoria mente me tiene que sacar ya que es injusticia es necesario tener pruebas asi que me tiene que dar libertad si o si


y ellos no tienen ningun argumentos para aver me capturado Todo se aregla con pruebas

Explicación:

:D

Contestado por frarod
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Respuesta:

Sí eres capturado en un guerra o conflicto armado, está el tratado de Ginebra, que te protege:

  1. Los prisioneros de guerra deberán ser tratados humanamente en todas las circunstancias.
  2. los prisioneros de guerra deberán ser protegidos en todo tiempo, especialmente contra todo acto de violencia o de intimidación, contra los insultos y la curiosidad pública.
  3. Los prisioneros de guerra tienen derecho, en todas las circunstancias, al respeto de su persona y de su honor.
  4. Las mujeres deben ser tratadas con todas las consideraciones debidas a su sexo y, en todo caso, se beneficiarán de un trato tan favorable como el que reciban los hombres.
  5. Los prisioneros de guerra conservarán su plena capacidad civil tal como era cuando fueron capturados. La Potencia detenedora no podrá limitar el ejercicio de esa capacidad, sea en su territorio sea fuera del mismo, más que en la medida requerida por el cautiverio.
  6. La Potencia, que tiene retenidos a los prisioneros de guerra está obligada a atender gratuitamente a su manutención y a proporcionarles gratuitamente la asistencia médica que su estado de salud requiera.
  7. No se podrá infligir a los prisioneros de guerra tortura física o moral ni presión alguna para obtener datos de la índole que fueren. Los prisioneros que se nieguen a responder no podrán ser amenazados ni insultados ni expuestos a molestias o desventajas de ningún género.
  8. Los prisioneros de guerra que, por razón de su estado físico o mental, sean incapaces de dar su identidad, serán confiados al Servicio de Sanidad. Se determinará, por todos los medios posibles, la identidad de estos prisioneros.
  9. El interrogatorio de los prisioneros de guerra tendrá lugar en un idioma que comprendan.

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