Derecho , pregunta formulada por jimena8689, hace 28 días

si renunciaría el Gabinete del poder ejecutivo, en manos de quién quedaría?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por arcogamerpro999
1

Respuesta:

Del poder Legislativo espero que sea una ayuda

Contestado por darwinrafaello77
0

Respuesta:

PERÚ

Artículo 115.- Por impedimento temporal o permanente del Presidente de la República, asume sus funciones el Primer Vicepresidente. En defecto de éste, el Segundo Vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones.

Cuando el Presidente del Congreso. Si el impedimento es permanente, el Presidente del Congreso convoca de inmediato a elecciones.

Cuando el Presidente de la República sale territorio nacional, el Primer Vicepresidente se encarga del despacho. En su defecto, lo hace el Segundo Vicepresidente.

Explicación:

Espero que te ayude y dame corazón y coronita pliss

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