Castellano, pregunta formulada por yoelgaleano12, hace 1 mes

si el pasiente solicitó el turno por internet. ¿cuáles son los pasós a seguir​

Respuestas a la pregunta

Contestado por GonzaxTG
1

Respuesta:

?

Explicación:

Contestado por karenjulianarodrigue
0

Respuesta:

INTRODUCCIÓN

La Superintendencia de Transporte (en adelante ST), es la entidad encargada de supervisar el servicio

público de transporte, la actividad portuaria y la infraestructura del sector transporte en Colombia,

mediante el ejercicio de su función de inspección, vigilancia y control, en el cumplimiento de las

normas establecidas para el sector en cabeza del Ministerio de Transporte. Por ello, y dando

cumplimiento a la Constitución, el servicio al ciudadano es un fin esencial del Estado y por ende

compromiso de los servidores públicos de la ST.

Con fundamento en lo anterior, la ST adopta el Protocolo de Servicio al Ciudadano para los distintos

canales de atención dispuestos en la entidad, con lo cual busca ordenar y mejorar la interacción entre

los servidores públicos y los ciudadanos. Los protocolos de servicio unifican y capitalizan las

experiencias exitosas, optimizan los recursos y la capacidad de respuesta, y mejoran la calidad de vida

de quienes atienden y de quienes consultan, al igual que incluyen la atención preferencial al momento

de atender de manera presencial a los ciudadanos en condición de discapacidad.

El presente documento se encuentra enmarcado bajo la Política de Servicio al Ciudadano del Modelo

Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), y su normatividad, tales como el Decreto 1082 de 2015,

Decreto 2623 de 2009 y CONPES 3785 del 2013.

ALCANCE DEL PROTOCOLO

Este Protocolo de Servicio al Ciudadano es una guía con orientaciones básicas, acuerdos y métodos,

que busca ordenar y mejorar la interacción entre los servidores públicos y los ciudadanos. En éste se

unifica y capitaliza las experiencias exitosas, se optimizan los recursos y la capacidad de respuesta, y

mejoran la calidad de vida de quienes atienden y de quienes consultan.

El propósito de este protocolo es que sea una herramienta simple para toda la ST, en especial para

quienes tienen a su cargo la atención directa al ciudadano, describiendo: los canales de servicio, los

elementos comunes de todos los canales, los métodos de interacción con los ciudadanos de cada

uno de los canales (presencial, virtual, telefónico), y la descripción, además incluye los derechos y

deberes de los ciudadanos y servidores.

CANALES DE SERVICIO

Son los medios o mecanismos de comunicación establecidos por la ST, a través de los cuales la

ciudadanía puede solicitar orientación sobre los trámites y servicios que son competencia de la

entidad, y a la vez, sirve como medio de interacción entre la administración pública y el ciudadano en

aras de suplir con su necesidad.

Los canales de atención son los siguientes:

• Escrito: Compuesto por el correo físico o postal, el correo electrónico institucional y el formulario

electrónico dispuesto en el portal web de la ST.

Presencial: Contacto personalizado de los ciudadanos con los servidores públicos de la entidad,

cuando éstos acceden a las instalaciones físicas. Nuestro canal presencial es el Centro Integral de

Atención al Ciudadano CIAC, ubicado en la Diagonal 25G No. 95ª – 85 de la ciudad de Bogotá D.C. En

pandemia el horario de atención es de 7am a 2:00pm.

• Telefónico: Contacto verbal de los ciudadanos con los servidores públicos de la Entidad, a través de

los medios telefónicos dispuestos para tal fin. Estos medios son:

Call Center: 018000915615. Horario de lunes a viernes de 8:00 am a 5:00 pm,

los sábados de 8:00 am a 12:00 pm.

#767 ¿Cómo conduzco? Opción 3. Horario 7/24

Sede administrativa: (1)3526700

• Virtual:

Corresponde a:

Chat ST

Redes Sociales: Facebook y Twitter mediante la cuenta: @Supertransporte

Instagram: @supertransporte_oficial y

LinkedIn: Superintendencia de Transporte

• Portal Web:

• Correos electrónicos:

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