semejanzas y diferencias entre revolución de Estados unidos y revolución americana hispana
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
l propósito de este artículo es indicar los principales rasgos diferenciadores de las dos grandes revoluciones políticas burguesas del último cuarto del siglo XVIII, según los estableciera, con inusual conocimiento del tema y agudeza crítica, hace poco más de medio siglo, la pensadora alemana de origen judío Hannah Arendt, en su célebre ensayo Sobre la revolución (1963). En este penetrante libro dice Hannah Arendt que la diferencia de principio más importante desde el punto de vista histórico entre la Revolución norteamericana y la Revolución francesa estriba en la «afirmación únicamente compartida por la última, según la cual “la ley es expresión de la Voluntad General” (como puede leerse en el artículo VI de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789), una fórmula que no se encontrará, por más que se busque, en la Declaración de Independencia o en la Constitución de los Estados Unidos».
Explicación:
Respuesta:
El propósito de este artículo es indicar los principales rasgos diferenciadores de las dos grandes revoluciones políticas burguesas del último cuarto del siglo XVIII, según los estableciera, con inusual conocimiento del tema y agudeza crítica, hace poco más de medio siglo, la pensadora alemana de origen judío Hannah Arendt, en su célebre ensayo Sobre la revolución (1963). En este penetrante libro dice Hannah Arendt que la diferencia de principio más importante desde el punto de vista histórico entre la Revolución norteamericana y la Revolución francesa estriba en la «afirmación únicamente compartida por la última, según la cual “la ley es expresión de la Voluntad General” (como puede leerse en el artículo VI de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789), una fórmula que no se encontrará, por más que se busque, en la Declaración de Independencia o en la Constitución de los Estados Unidos».
La «voluntad general» de Rousseau, que es la única que admite Robespierre, es todavía esa «voluntad divina» de la monarquía absoluta «cuyo solo querer basta para producir la ley». Esta argucia jurídica tiene su fundamento y su explicación en la deificación del «pueblo» que se llevó a cabo en la Revolución francesa, y que, para Hannah Arendt, «fue consecuencia inevitable del intento de hacer derivar, a la vez, ley y poder de la misma fuente. La pretensión de la monarquía absoluta de fundamentarse en un “derecho divino” había modelado el poder secular a imagen de un dios que era a la vez omnipotente y legislador del universo, es decir, a imagen del Dios cuya Voluntad es la Ley».
Los Padres Fundadores no cometieron la desastrosa equivocación posterior de los revolucionarios franceses de confundir el origen del poder con la fuente de la ley. Para los Padres Fundadores, el origen del poder brota desde abajo, del «arraigo espontáneo» del pueblo, pero la fuente de la ley tiene su puesto «arriba», en alguna región más elevada y trascendente. Es en el curso de los acontecimientos revolucionarios franceses, y, sobre todo, después de que los jacobinos se hiciesen con el poder tras el fracaso e incapacidad de los girondinos, cuando la volonté générale de Rousseau sustituirá definitivamente a la volonté de tous del pensador ginebrino. La «voluntad de todos» suponía el consentimiento individual de cada uno, y ello no se ajustaba a la dinámica propia del proceso revolucionario. De ahí que fuese reemplazada por esa otra abstracta «voluntad» que excluye la confrontación de opiniones y es una e indivisible.
Explicación: