Informática, pregunta formulada por gabrielahuerfano27, hace 1 año

seis por prestacion de servicios ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por edisonantonio8842
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Respuesta: El contrato de prestación de servicios es de carácter civil y no laboral, por lo tanto no está sujeto a la legislación de trabajo y no es considerado un contrato con vinculo laboral al no haber relación directa entre empleador y trabajador, por ello, no cuenta con período de prueba y no genera para el contratante la obligación de pagar prestaciones sociales.

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