¿según lo manifestado en el código de procedimiento penal, el tiempo para la ejecución de la orden de allanamiento en etapa de indagación es?
Respuestas a la pregunta
Contestado por
3
Respuesta:
Artículo 224. Plazo de diligenciamiento de la orden de registro y allanamiento. La orden de registro y allanamiento deberá ser diligenciada en un término máximo de treinta (30) días, si se trata de la indagación y de quince (15) días, si se trata de una que tenga lugar después de la formulación de la imputación.
Explicación:
Otras preguntas
Biología,
hace 6 meses
Biología,
hace 1 año
Análisis de la materia y la energía,
hace 1 año
Matemáticas,
hace 1 año
Inglés,
hace 1 año