según la ley general de educación quiénes conforman el gobierno escolar
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Art. 1.- Silla vacía. Las sesiones del Consejo Nacional de Educación son públicas y en ellas habrá
una silla vacía que será ocupada por un representante de la comunidad educativa en función de
los temas a tratarse, con el propósito de participar en el debate y en la toma de decisiones en
asuntos de interés en el ámbito educativo. Si fueren varios los interesados en ocupar tal silla, se
aceptará la decisión mayoritaria de ellos para ocuparla.
Art. 2.- Cuórum. Para su instalación y desarrollo, las sesiones del Consejo Nacional de Educación
requieren de la presencia de la mitad más uno de los miembros del órgano colegiado, y además
deben contar con la asistencia obligatoria del titular de la Autoridad Educativa Nacional.
Las resoluciones deben adoptarse con el voto de dos tercios de los miembros del Consejo
Explicación:
espero que te ayude