Según la Constitución Política del Perú, existe alguna norma que proteja nuestro patrimonio cultural:
TITULO I, DE LA PERSONA Y SOCIEDAD.
CAPITULO II: DE LOS DERECHOS SOCIALES Y ECONÓMICOS
Artículo 21°.- Los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado. La ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio. Fomenta conforme a ley, la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo, así como su restitución al país cuando hubiere sido ilegalmente trasladado fuera del territorio nacional.
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si si y si y por que si -^- -^-
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