¿Se puede liquidar las cesantias solamente por haber trabajado 15 días?
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si se realiza la conversion de lo que se gana la persona al mes eso se divide en los dias del año es decir en contabilidad son 365 y el resultado se multiplica por los dias que trabajo es decir 15
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Para conocer cuál es la cantidad que corresponde de liquidación es necesario contar con los cálculos de tres puntos fundamentales, los cuales se sumarán al final:
3 Meses de Sueldo.
20 días de Salario por cada año laborado.
Prima de Antigüedad.
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