Derecho , pregunta formulada por yiyo1318, hace 11 meses

se establece la prohibición de brindar testimonios en contra de familiares hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad en una causa criminal​

Respuestas a la pregunta

Contestado por jesusramonrodrigueza
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En el Código de Orgánico Procesal Penal (Venezolano)  vigente, en  su articulo  nº 89, numeral 1  (Causales de inhibición y recusaciòn )

" ... Por el parentesco de consanguinidad o de afinidad dentro del cuarto y segundo grado  respectivamente, con cualquiera de las partes o con el o la representante de alguna de ellas ... "

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