Castellano, pregunta formulada por patriciaotazu20, hace 10 meses

¿se cumple lo establecido por el artículo? ¿por que?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por nickoldramirez2007
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Respuesta:

El derecho de petición es una facultad que tiene todo ciudadano de presentar solicitudes respetuosas a las autoridades, verbalmente o por escrito, por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución, así como acceder a documentos públicos, salvo los casos que establezca la Ley. Este derecho está contemplado en el artículo 23 de la Constitución Política y en los artículos 5 y siguientes el Código Contencioso Administrativo.

Las autoridades tienen el deber de hacer efectivo el ejercicio del derecho que consagra el artículo 23 de la Constitución Política, mediante la rápida y oportuna resolución de las peticiones que se les formulen y que tengan relación directa con las actividades a cargo de esas mismas autoridades.

Explicación:

sigueme plis


lolindo798: hola
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