Física, pregunta formulada por madelyneazulethrh, hace 9 meses

sanciones del domino!!!

Respuestas a la pregunta

Contestado por esther156
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ARTÍCULO 53. En las competencias oficiales organizadas por la FID, o por entidades adscritas a ella, las

infracciones o violaciones al presente Reglamento serán sancionadas por los Árbitros, con la imposición de

tarjetas según la gravedad de la falta. Estas tarjetas se distinguen con colores amarillo, rojo y negro y conllevan

el siguiente significado: Tarjeta Amarilla, es una amonestación sencilla causada por una falta leve. Tarjeta

Roja, es una amonestación causada por una falta grave, y equivale a dos (2) Tarjetas Amarillas; esto conlleva a

la pérdida del partido con anotación similar en el caso de abandono de juego. Tarjeta Negra, amonestación

motivada a una falta muy grave, también equivale a tres (3) Tarjetas Amarillas o una (1) Tarjeta Roja y una (1)

Tarjeta Amarilla y conlleva a la expulsión de la competencia.

Parágrafo Único: La imposición de tarjetas será unipersonal, aunque las consecuencias inmediatas se

extiendan a la pareja o al equipo, serán acumulativas en una mano, partido, competencia e inclusive entre

varias competencias. Deberán ser anunciadas públicamente y notificadas de inmediato a la Mesa Técnica, la cual

tomará nota o aplicará sanción según sea el caso. La acumulación de tarjetas tendrá vigencia hasta el treinta y

uno (31) de diciembre de cada año. En los casos en los cuales se imponga Tarjeta Negra, la Junta Directiva de la

FID, impondrá sanciones complementarias de Suspensión por tiempo a criterio de la misma y que no podrán

exceder de un (1) año.

Explicación:

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