SABER SOBRE LA LEY26.396
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
CrÈase el Programa Nacional de PrevenciÛn y Control de los
trastornos alimentarios en el ·mbito del Ministerio de Salud, que tendr· por objeto:
Instrumentar campaÒas informativas relativas a los trastornos alimentarios, en
particular:
Sobre las caracterÌsticas de los mismos y de sus consecuencias;
Sobre sus aspectos clÌnicos, nutricionales, psicolÛgicos y sociales y de las formas
apropiadas e inapropiadas de su tratamiento;
Sobre el derecho y promociÛn de la salud, y sobre los derechos del consumidor;
Disminuir la morbimortalidad asociada con estas enfermedades;
Formular normas para la evaluaciÛn y control contra los trastornos alimentarios;
Propender al desarrollo de actividades de investigaciÛn;
Promover, especialmente entre los niÒos y adolescentes, conductas nutricionales
saludables;
Promover en la comunidad espacios de reflexiÛn y educaciÛn para contenciÛn de
quienes padecen estas enfermedades;
Proponer acciones tendientes a eliminar la discriminaciÛn y la estigmatizaciÛn en el
·mbito laboral, educacional y/o social, frente al padecimiento de los trastornos
alimentarios;
Promover la participaciÛn de organizaciones no gubernamentales (ONG¥s) en las
acciones previstas por el presente programa;
Promover y coordinar, con las autoridades provinciales y de la Ciudad AutÛnoma de
Buenos Aires la implementaciÛn de programas similares a nivel local;
Desarrollar actividades de difusiÛn, televisivas, radiales y gr·ficas, dirigidas a la
poblaciÛn en general y a grupos de riesgo en particular, a fin de concientizar sobre los
riesgos en la salud que ocasionan las dietas sin control mÈdico y de instruir a la
poblaciÛn sobre h·bitos alimentarios saludables y adecuados a cada etapa de
crecimiento.