Derecho , pregunta formulada por gm519965, hace 2 meses

resumen del artículo 93 y 94 de la Constitución política de Colombia​

Respuestas a la pregunta

Contestado por AdrianaSoto21
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Respuesta:

ARTICULO 93. Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que reconocen los derechos humanos y que prohíben su limitación en los estados de excepción, prevalecen en el orden interno.

ARTICULO 94.

La enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución y en los convenios internacionales vigentes, no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona humana, no figuren expresamente en ellos.

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