Ciencias Sociales, pregunta formulada por lunaperez0185, hace 8 meses

resumen del articulo 91
de la constitucion de colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por greciagutierrez158
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Respuesta:

Artículo 91. En caso de infracción manifiesta de un precepto constitucional en detrimento de alguna persona, el mandato superior no exime de responsabilidad al agente que lo ejecuta. Respecto de ellos, la responsabilidad recaerá únicamente en el superior que da la orden.

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