Resumen del artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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Artículo 133 Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión.
Explicación:
no se si es eapero sirva
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