Historia, pregunta formulada por annyolmos182, hace 3 meses

resumen del art 28 del empleador

Respuestas a la pregunta

Contestado por cd550864
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En la prestación de los servicios de trabajadores mexicanos fuera de la República, contratados en territorio nacional y cuyo contrato de trabajo se rija por esta Ley, se observará lo siguiente:

I. Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito y contendrán además de las estipulaciones del artículo 25 de esta Ley, las siguientes:

Contestado por luzelenacuestacuesta
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Respuesta:

18 de Junio de 2014

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El artículo 64 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), modificado por el artículo 6° de la Ley 50 de 1990, señalaba, en su numeral 5°, que si el trabajador daba por terminado intempestivamente el contrato de trabajo sin justa causa comprobada, debía pagarle al empleador una indemnización equivalente a 30 días de salario, que podía descontarse de lo que se le adeudara por concepto de prestaciones sociales.

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