Derecho , pregunta formulada por diva142001, hace 9 meses

RESUMEN DE LA CONSTITUCION dominicana DEL ARTICULO 64 hasta el 95

Respuestas a la pregunta

Contestado por Beatless2905G
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Toda persona tiene derecho a participar y actuar con libertad y sin censura en la vida cultural de la Nación, al pleno acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales, de los avances científicos y de la producción artística y literaria. ... La ley regulará la adquisición de los mismos.

El artículo 95 de la Constitución dispone que el Congreso podrá interpelar a los ministros y viceministros, al gobernador del Banco Central y a los directores o administradores de organismos autónomos y descentralizados del Estado, así como a los de entidades que administren fondos públicos sobre asuntos de su competencia.

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espero que te ayude

Contestado por paratodos200035
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