resumen de agentes de seguro
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Un agente de seguros es un profesional colegiado que, a través de un contrato de agencia, media entre el asegurado que demanda un servicio y la entidad aseguradora que lo ofrece con el fin de conseguir a un acuerdo entre ambos a cambio de una retribución o comisión. Por este servicio, recibe una retribución de la empresa aseguradora.
Cómo ser agente de seguros
En primer lugar, el contrato de agencia siempre será de tipo mercantil y no laboral. De esta forma, el agente deberá ser un trabajador por cuenta propia. El agente puede ser una persona física o una entidad jurídica en sus diferentes modalidades societarias o cooperativas. Además, debe estar colegiado en el organismo profesional correspondiente.
Respecto a su persona, debe ser alguien que haya demostrado honorabilidad comercial y profesional en el ejercicio de su labor. Estos estarán bajo la responsabilidad del agente de seguros.
Relación con la empresa aseguradora
El agente y la empresa se relacionan por las cláusulas del contrato de agencia. La legislación suele exigir, como condición obligatoria, la imposibilidad de promover el cambio de entidad aseguradora a los clientes para el conflicto de intereses una vez firmados los contratos de seguros. El agente actúa de mediador y en nombre de la aseguradora a efectos legales. El otro tipo es el vinculado, que permite trabajar con distintas compañías de seguros. De esta forma, actúan como agente independiente pudiendo contratar con la compañía que estime oportuno. En relación a los tipos de agentes, estos se pueden clasificar en función de si tienen o no exclusividad con alguna compañía. Por una parte, están los exclusivos, que trabajan solo para una empresa y el otro tipo es el vinculado, que permite trabajar con distintas compañías de seguros. De esta forma, actúan como agente independiente pudiendo contratar con la compañía que estime oportuno.
Cómo ser agente de seguros
En primer lugar, el contrato de agencia siempre será de tipo mercantil y no laboral. De esta forma, el agente deberá ser un trabajador por cuenta propia. El agente puede ser una persona física o una entidad jurídica en sus diferentes modalidades societarias o cooperativas. Además, debe estar colegiado en el organismo profesional correspondiente.
Respecto a su persona, debe ser alguien que haya demostrado honorabilidad comercial y profesional en el ejercicio de su labor. Estos estarán bajo la responsabilidad del agente de seguros.
Relación con la empresa aseguradora
El agente y la empresa se relacionan por las cláusulas del contrato de agencia. La legislación suele exigir, como condición obligatoria, la imposibilidad de promover el cambio de entidad aseguradora a los clientes para el conflicto de intereses una vez firmados los contratos de seguros. El agente actúa de mediador y en nombre de la aseguradora a efectos legales. El otro tipo es el vinculado, que permite trabajar con distintas compañías de seguros. De esta forma, actúan como agente independiente pudiendo contratar con la compañía que estime oportuno. En relación a los tipos de agentes, estos se pueden clasificar en función de si tienen o no exclusividad con alguna compañía. Por una parte, están los exclusivos, que trabajan solo para una empresa y el otro tipo es el vinculado, que permite trabajar con distintas compañías de seguros. De esta forma, actúan como agente independiente pudiendo contratar con la compañía que estime oportuno.
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