resumen articulo 71 de la constitución mexicana
Respuestas a la pregunta
Contestado por
1
Respuesta:
La formación de las leyes o decretos puede comenzar indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones o impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, todos los cuales deberán discutirse primero en la Cámara de Diputados.
Explicación:
soy colombiana pero esto fue lo que encontré mire si le sirve si no jodase ♡
Otras preguntas
Inglés,
hace 27 días
Ciencias Sociales,
hace 27 días
Matemáticas,
hace 27 días
Matemáticas,
hace 28 días
Biología,
hace 8 meses
Química,
hace 8 meses