Historia, pregunta formulada por karenkabrera857, hace 7 meses

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prodisaventas6: La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites
del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual
ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los
particulares, constituyendo la propiedad privada,Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y
mediante indemnización.
prodisaventas6: #me puse prodisa ventas B)
josecanolar0831: gracias
icardoso2703: Gracias

Respuestas a la pregunta

Contestado por rociosanchezcorio
0

Respuesta:

pero cuál artículo


karenkabrera857: nosé así biene
prodisaventas6: Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y
mediante indemnización.
prodisaventas6: :) si no me entiendes vusca rule 34 digo digo articulo veintisiete B)
icardoso2703: Articulo 27
Contestado por danielpanucosoto
0

Respuesta:

lo siento pero cuál articulo


josecanolar0831: solo busca rule 34
icardoso2703: Articulo 27
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