Resuelve el siguiente problema.
Un trabajador labora de lunes a sábado de 8:00 a 16:00 horas, con 30 minutos de comida que debe tomar dentro del centro de trabajo; su salario diario es de $ 160.
En la semana del 1 al 6 de junio del año 2020 por requerimiento de la empresa laboro hasta las 17:00 horas todos los días.
Según el artículo 68 de la ley federal del trabajo determina el monto a pagar por completo de horas extra en la semana mencionada.
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Algo asi entiendo disculpame soy nuevo :
Explicación:
Claro, se debe señalar primero las 8 horas reglamentarias; que sería de 6 am a 2 pm. Luego se sacan las 3 horas extras diurnas que trabajó; se realiza la siguiente fórmula:
1) 960.000/240=4000 valor de la hora
2) 4000 x 1,25 x 3 = 15000 valor de las 3 horas extras diurnas.
Si trabaja 8 horas diarias, de 6:00 Am a 12:00 Pm se estan llevando 6 Horas de una jornada Ordinaria de trabajo, por lo que solo faltarian 2 horas para compensar las 8 horas diarias, no se si solo le dan 1 hora de almuerzo y si es asi, su turno terminaria a las 3 de la tarde, si es de seguido deberia salir a las 2. Por lo tanto de las dos maneras, con la primera tendria 2 horas extras diurnas, en colombia las horas extras diurnas se calculan por el 25% del valor de la hora que este seria su recargo, si esta persona gana 960000 al mes, 960000/30= 32.000 Este es el valor de su dia de trabajo si son 8 horas pero a esos 32.0000/8 = 4000 ese es el valor real de su hora de trabajo por tanto 4000*1.25= 5000.
Entonces si son dos horas diarias serian 10.000 por recargo diario. Y si son 3 horas serian 15.000 diario. al mes esta persona en el primer caso esta ganando 240.000 solo en recargos mas su salario habitual. en el segundo caso son 360.000 mas su salario habitual.
Espero que te sirva de algo
Saludos!