responsabilidad de los funcionarios en Argentina
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Con respecto a la responsabilidad civil de los funcionarios públicos, el artículo 1112 del Código Civil argentino les atribuye la misma que la de cualquier otra persona de tener que reparar los daños y perjuicios que ocasionen por sus hechos u omisiones culposas o dolosas, cumpliendo de modo irregular sus funciones.
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