Derecho , pregunta formulada por barretolautaro817, hace 3 meses

requisitos para ser senador


trozopomino37: no tener cerebro XD

Respuestas a la pregunta

Contestado por enzoalejandddro
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Respuesta:

ser paraguayo natural; tener veinticinco años cumplidos, y. ser nativo del departamento y con radicación en el mismo por un año cuanto menos. En el caso de que el candidato no sea oriundo del departamento, deberá estar radicado en él durante cinco años como mínimo.

aam espero ayudarte 7u7

Contestado por misunamo
1

Respuesta:

Requisitos de elegibilidad

X

Contenido:

Son requisitos para ser Diputado Federal y Senador:

• Ser ciudadano mexicano, por nacimiento, en el ejercicio de sus derechos.

• Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar.

• Tener 21 años cumplidos el día de la elección (Senadores deben tener 25 años cumplidos).

• Ser originario del Estado en que se haga la elección o vecino de él con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha de ella. • Para poder figurar en las listas de

las circunscripciones electorales plurinominales como candidato a diputado, se requiere ser originario de alguna de las entidades federativas que comprenda la circunscripción en la que se realice la elección, o vecino de ella con residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la fecha en que la misma se celebre.

• No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella.

• No ser titular de alguno de los organismos a los que esta Constitución otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones

90 días antes del día de la elección. • No ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni Magistrado, ni Secretario del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ni Consejero Presidente o consejero electoral en los consejos General, locales o distritales del Instituto Nacional Electoral, ni Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo o personal profesional directivo del propio Instituto, salvo que se hubiere separado de su encargo, de manera definitiva, tres años antes del día de la elección.

• No pertenecer al Servicio Profesional Electoral Nacional, salvo que se separe del cargo tres años antes de la fecha de inicio del proceso electoral.

• Los Gobernadores de los Estados y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal no podrán ser electos en las entidades de sus respectivas jurisdicciones durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos


trozopomino37: te falto no tener cerebro
enzoalejandddro: jajajjajaj
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