Requisitos para ser presidente según la constitución de 1830
Respuestas a la pregunta
Título IV - Del Poder Ejecutivo
Sección I - Del Jefe de Estado
Artículo 33.- Para ser Presidente o Vicepresidente se requiere: 1. Ser ecuatoriano de nacimiento. Esta disposición no excluye a los colombianos que hubiesen estado en actual servicio del país al tiempo de declararse en Estado independiente, y que hayan prestado al Estado del Ecuador servicios eminentes, y que estén casados con una ecuatoriana de nacimiento, y que tengan una propiedad raíz valor de treinta mil pesos; 2. Tener treinta años de edad; 3. Gozar de reputación general por su buena conducta.
Artículo 34.- El Presidente durará en sus funciones cuatro años, y no podrá ser reelegido sino pasados dos períodos constitucionales.
Respuesta:
El Poder Ejecutivo de la República estará depositado en una persona, con la denominación de Presidente de la República de Colombia. Artículo 106. - Para ser Presidente se necesita ser ciudadano de Colombia por nacimiento y todas las otras cualidades que para ser senador.