relación entre el artículo 1 de la ley 19550 con la contabilidad
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
La ley en estudio fue sancionada el 3/4/72, promulgada en Boletín Oficial con fecha 25/4/72.
Sufrió reformas parciales con las leyes 19.666, 19.880, 20.337, 20.468, 21.304, 21.357, 22.182, 22.686, 22.903, 22.905.
El texto fue ordenado, de conformidad con la ley por el Ministerio de Educación y Justicia según el Decreto del PEN 841/84, de fecha 20/3/84 (B.O. 30/3/84).
Se publicó la fe de erratas en el Boletín Oficial del 10/4/84.
Síntesis Introductoria
En la conceptualización de la sociedad comercial, brindada por la ley bajo análisis, se elabora la naturaleza jurídica del negocio constitutivo de sociedad, según los lineamientos del contrato plurilateral y de organización, comparándolos con la categoría relativa a los contratos bilaterales y de cambio o intercambio, para, una vez establecida claramente su diferenciación, determinar las particularidades que evidencia el negocio asociativo.
De esta diferenciación surgen los siguientes puntos:
existencia de un contrato con pluralidad de partes
intereses no contrapuestos (tal como en los bilaterales de cambio)
finalidad común (intereses superpuestos o yuxtapuestos)
el incumplimiento de algunas de las partes no extingue el contrato (si las demás cumplen el objetivo social)
el cumplimiento de las obligaciones no extingue el negocio (sino que es un presupuesto necesario)
Explicación: