Regla de integridad del código de ética de la administración pública de la ciudad de méxico que establece que las personas servidoras públicas deberán proporcionar a toda persona un trato igualitario y respetuoso, sin preferencias o discriminación de ningún tipo; exceptuando las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad, a quienes conforme a la ley se les otorgará atención prioritaria en la realización de trámites y la prestación de servicios
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