reflexión sobre el artículo 15 de la Constitución nacional de Colombia
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Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
Explicación:
cupidourbano247:
reflexión de eso.. no Q me lo escribieras estúp.ido
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