Religión, pregunta formulada por cupidourbano247, hace 23 días

reflexión sobre el artículo 15 de la Constitución nacional de Colombia



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Respuestas a la pregunta

Contestado por karimsoto1107
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Respuesta:

Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. ARTÍCULO 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.

Explicación:


cupidourbano247: reflexión de eso.. no Q me lo escribieras estúp.ido
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