Quienes son los locatarios
Respuestas a la pregunta
DEFINICIÓN DELOCATARIO
Con origen en el vocablo latino locatarius, el término locatario se emplea como sinónimo de arrendatario. El concepto alude a quien toma algo en arrendamiento o alquiler.
Arrendar y alquilar son verbos que hacen referencia a adquirir o ceder el aprovechamiento de algo de manera temporal a cambio de un pago. Estas operaciones suelen concretarse mediante la firma de un contrato que fija las condiciones.
Tomemos el caso de un inmueble que está alquilado. El dueño de la propiedad es el locador, mientras que la persona que la alquila es el locatario. Esto quiere decir que, para habitar la casa en cuestión, el locatario le paga una cierta suma mensual (el alquiler) al locador.
El dinero, en este vínculo, lo entrega el locatario al locador. En contrapartida, el locador le concede el uso de la vivienda (la cosa alquilada) al locatario. Los derechos y las obligaciones de cada una de las partes se establecen mediante un contrato, que a su vez se enmarca en la legislación vigente.
Supongamos que el contrato que firman el locatario y el locador indica que el pago del alquiler debe realizarse del 1 al 10 del mes en curso. Si, llegado el día 15, el locatario aún no le entregó la suma acordada al locador, se encuentra en falta debido a que incumplió con una de las cláusulas del contrato. El locador, en este marco, está habilitado a tomar las medidas que la ley disponga para este tipo de casos. Si el locatario persiste en el incumplimiento y acumula más deudas, incluso puede llegar a ser desalojado de la propiedad.