Quienes otorgan la división de poderes en Costa Rica?
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Precisamente el artículo 9 de la Constitución Política establece claramente que el Gobierno de la República lo ejercen tres poderes distintos e independientes entre sí: Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que ninguno de ellos puede delegar el ejercicio de funciones que le son propia.
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El legislativo, el ejecutivo y el judicial este diseño institucional está pensando para desconcentrar el poder y evitar que una sola persona o grupo haga las leyes, las ejecute y juzgue alas personas según su propia gracia o convivencia
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