Quiénes no pagaban impuestos o tributos a la Corona española?
AYUDA PLISS
Andreaxd124:
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En concreto, la única medida en esta materia está contemplada en el Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo. Según Daniel Echegoyen, abogado de Broseta, lo que establece es un aplazamiento casi automático de deudas tributarias, incluso de aquellas que legalmente son inaplazables -como retenciones, pagos fraccionados e IVA- por un plazo de seis meses y sin devengo de intereses durante los primeros tres meses. Sin embargo, esta medida, que opera exclusivamente respecto de las deudas de la Administración Tributaria del Estado, tiene un alcance muy limitado, ya que es aplicable solo para personas o entidades con volumen de operaciones no superior a 6.010.121,04 euros, y respecto de deudas de hasta 30.000 euros.
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