Contabilidad, pregunta formulada por hanhyesunnl, hace 2 meses

quienes eligen el nombre de una empresa en una sociedad limitada?​

Respuestas a la pregunta

Contestado por ajari26
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Respuesta:

La sociedad de responsabilidad limitada se constituye por dos socios por lo menos y máximo por cincuenta socios, existe bajo una razón social o denominación y la obligación o responsabilidad de los socios se limita al pago de sus aportaciones, las cuales serán de capital y que constituyen partes sociales y a su vez integran el capital social.

Preguntas relacionadas :

La sociedad de responsabilidad limitada

es una persona moral que tiene personalidad jurídica propia distinta a la de sus socios, lo que quiere decir que esta sociedad actúa y se obliga por medio de los órganos que la representan, es decir, por medio del administrador o administradores quienes podrán realizar todas las operaciones inherentes al objeto social de conformidad a lo establecido en el contrato social y con arreglo a la ley.

(espero te sirva)

si necesitas la página te la dejo en una imagen y no no es publicidad si pues estoy dando créditos

Adjuntos:
Contestado por Juliana2598
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Explicación:

Sociedad Limitada: características y ventajas

Resumen > Te contamos qué es una sociedad limitada, sus ventajas e inconvenientes y sus características principales: número de socios, capital social, denominación social, objeto social, administradores, estatutos, junta general, funcionamiento, obligaciones legales y normativa.

Este artículo se articula en tres partes:

¿Qué es una sociedad limitada?

Características de la sociedad limitada

Ventajas e inconvenientes de la Sociedad Limitada

Sociedad Limitada Nueva Empresa

. ¿Qué es una Sociedad Limitada?

La sociedad de responsabilidad limitada (SRL), más conocida como Sociedad Limitada (SL) a secas, es el tipo de sociedad mercantil más extendido en España, siendo muy utilizada por pequeños empresarios autónomos que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado, evitando responder con su patrimonio personal ante las deudas de sus negocios.

Se trata con diferencia de la forma societaria más extendida entre las empresas españolas. A principios de 2019 había en España 1.154.289 sociedades limitadas, lo que supone el 34,32% de las empresas del país según datos del Directorio Central de Empresas del INE, sólo por detrás de las personas físicas individuales, que suponen el 54,94%.

Características de la Sociedad Limitada

   

La normativa reguladora de las sociedades limitadas define sus características, siendo las más relevantes:

Número de socios: mínimo deNúmero de socios: mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.

Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.

Clase de socios: pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.

Nombre o Denominación Social: deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes (para lo que habrá que efectuar la pertinente consulta en el Registro Mercantil Central) seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.

Capital social: el mínimo legal es de 3.000 € totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias (dinero) o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.

División del capital social: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.

Domicilio Social: lo normal es que sea la dirección en la que se ubica la empresa, debiendo estar en España. Un cambio de domicilio social dentro del mismo municipio puede ser aprobado por el Administrador pero para un traslado de municipio es necesario el apoyo en Junta de Socios.

Objeto Social: es la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Normalmente se prepara una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales, para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.

Constitución: mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Será necesario detallar las aportaciones que realiza cada socio y el porcentaje de capital social que le corresponde. Te recomendamos nuestro artículo «Cómo crear una Sociedad Limitada» , dónde explicamos los trámites a seguir, aunque a través de nuestro servicio de asesoría acreditado como Punto PAE nos podemos encargar de toda la tramitación de forma telemática. Además, puedes descargarte un modelo de estatutos en word y la normativa aplicable (orden JUS 3185/2010 de los Estatutos tipo de la Sociedad de responsabilidad limitada). En startups y sociedades con un amplio número de socios suele ser conveniente complementar los estatutos con un pacto de socios.

ESPERO QUE TE SIRVA

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