quién entrega las planillas e instrumentos a utilizar por el presidente y los fiscales durante el acto electoral
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
hhjyfbibhgjdjhfghfjfkfndndk
Explicación:
jsjdvdv quiero empezar
Respuesta:. Contrato de trabajo es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona, natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
2. Quien presta el servicio se denomina trabajador, quien lo recibe y remunera, empleador, y la remuneración, cualquiera que sea su forma, salario.
(Declarado EXEQUIBLE por los cargos analizados (Numeral 1 bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y) Mediante Sentencia de la Corte Constitucional C-397 de 2006)
ARTÍCULO 23. ELEMENTOS ESENCIALES:
1. Para que haya contrato de trabajo se requiere que concurran estos tres elementos esenciales:
a) La actividad personal del trabajador, es decir, realizada por sí mismo;
b) La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador, que faculta a éste para exigirle el cumplimiento de órdenes, en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, e imponerle reglamentos, la cual debe mantenerse por todo el tiempo de duración del contrato. Todo ello sin que afecte el honor, la dignidad y los derechos mínimos del trabajador en concordancia con los tratados o convenios internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen al país; y
NOTA: El texto subrayado fue declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-386 de 2000, bajo los condicionamientos señalados en el numeral 2.4 de la parte motiva de esta sentencia.
c) Un salario como retribución del servicio.
Explicación: