¿Que tipos de explotación ganadera existen?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
LAS EXPLOTACIONES GANADERAS SE CLASIFICAN EN LOS SIGUIENTES TIPOS:
- Producción y reproducción
- Tratantes u operadores comerciales
- Centros de concentración de animales
- Ocio, enseñanza e investigación
- Centros de inspección
- Centros de cuarentena
- Puesto de inspección fronterizo
- Mataderos
- Centros de sacrificio domiciliario
- Establecimientos de transformación autorizados de acuicultura
- Plazas de toros
- Pastos
- Explotaciones de équidos silvestres o semisilvestres
- Centros de acogida o recogida de équidos abandonados
- Explotaciones de cuarentena (ganado porcino)
Explicación:
-Producción y reproducción:
Son aquellas explotaciones ganaderas que mantienen y crían animales, bien con el objeto de obtener un fin lucrativo de sus producciones (incluyendo los animales selectos, semen o embriones), o bien para su destino al consumo familiar. Asimismo, se incluirán en este tipo las que no pertenezcan a ninguno de los recogidos en los otros tipos de explotaciones ganaderas.
-Tratantes u operadores comerciales:
Son aquellas explotaciones ganaderas pertenecientes a cualquier persona física o jurídica registrada en la actividad, dedicada directa o indirectamente a la compra y venta de animales con fines comerciales inmediatos, que tiene una cifra de negocio regular con dichos animales y que, en un plazo máximo de 30 días después de adquirir los animales, los vende o los traslada de las primeras instalaciones a otras que no le pertenecen.
-Centros de concentración de animales:
Son aquellas instalaciones, incluidas las explotaciones o certámenes, en los que se reúne ganado procedente de distintas explotaciones para formar lotes de animales destinados a su posterior comercio, concurso o exposición, así como los centros de testaje de animales.
- Ocio, enseñanza e investigación:
Son las instalaciones en las que se mantienen, con carácter permanente, animales con finalidades de esparcimiento o didácticas, incluyendo los centros en los que se mantienen animales de las especies ganaderas para experimentación científica.
-Centros de inspección:
Son cualquier instalación o centro diferenciado, incluido en un puesto de inspección fronterizo, donde se realicen los controles veterinarios previos a la importación.
-Centros de cuarentena:
Es el local autorizado, constituido por una o varias unidades separadas operativa y físicamente, incluido o adscrito a un puesto de inspección fronterizo, destinado a la introducción de animales con la misma situación sanitaria, para mantenerlos en aislamiento y observación clínica a la espera de que se dictamine su situación sanitaria.
-Puesto de inspección fronterizo:
Es cualquier puesto de inspección designado y autorizado por las normas comunitarias y con instalaciones destinadas a la realización de los controles veterinarios previos a la importación o exportación.
-Mataderos:
Es todo establecimiento autorizado para llevar a cabo el sacrifico de animales, cumpliendo con la legislación vigente y que cuente con el correspondiente número de Registro General Sanitario de Alimentos.
- Centros de sacrificio domiciliario:
Son aquellos centros, establecidos por la autoridad competente, donde se sacrifican porcinos para autoconsumo.
-Establecimientos de transformación autorizados de acuicultura:
Es cualquier empresa alimentaria aprobada de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 853/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, para la transformación de animales de la acuicultura en alimentos, y autorizada de conformidad con los artículos 4.2 y 5 del Real Decreto 1614/2008 , de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos.
-Plazas de toros:
Son aquellos edificios o recintos específica o preferentemente construidos para la celebración de espectáculos taurinos. Se subdividen en permanentes o móviles.
- Pastos:
Son aquellas explotaciones que albergan ganado de forma permanente u ocasional para el aprovechamiento mediante pastoreo de las producciones vegetales naturales o sembradas del terreno. Se subdividen en pastos con o sin aprovechamiento en común.
- Explotaciones de équidos silvestres o semisilvestres:
Son aquellas explotaciones de équidos en las que los animales vivan en condiciones silvestres o semisilvestres en determinadas áreas, incluidos espacios naturales protegidos, espacios protegidos u otro tipo de áreas naturales, siempre y cuando no abandonen dichas áreas, de acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto 1515/2009 , de 2 de octubre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie equina.
- Explotaciones de cuarentena (ganado porcino):
Son aquellas explotaciones en las que se mantienen los animales en observación y control sanitario antes de su traslado definitivo a la explotación ganadera de destino.