¿Qué sucede entre el interés pagado en relación a las cuotas?
Respuestas a la pregunta
PREGUNTAS FRECUENTES
EN RELACIÓN A PRÉSTAMOS/CRÉDITOS
¿Quisiera un préstamo pero no entiendo eso de los intereses?
El interés es el costo del dinero prestado. Hay de dos tipos, el interés compensatorio que es el monto que pagarás por el uso del dinero prestado durante un periodo de tiempo, y el interés moratorio, que es lo pagas si te atrasas en tus obligaciones.
Existen diversos tipos de préstamos con distintos costos y también beneficios, por lo cual, deberás evaluar el uso que le darás, comparar y elegir el mejor precio e informarte previamente sobre las condiciones que regirán ese producto.
No quiero pagar muchos intereses ¿Hay algo que me ayude a comparar mejor entre los diversos préstamos o créditos?
Sí, la TCEA aplicable al producto. Siempre uno debe preguntar por la Tasa de Costo Efectivo Anual (TCEA), pues te permite saber cuál será el costo total (intereses + comisiones + gastos) que pagarán por una tarjeta de crédito, crédito vehicular, hipotecario o préstamo personal, entre otros.
Recordar que de los elementos a considerar para determinar el valor de la TCEA es el monto y el plazo por el cual se solicita un crédito.
¿Qué más debo considerar para tomar un préstamo o crédito?
Al tomar un préstamo o crédito asegurate que sea en la misma moneda en la cual recibes tu sueldo o ingresos y que la cantidad de cuotas esten a tu alcance; sino más que una solución el crédito se vuelve un problema.
Si solicito un préstamo o crédito ¿El banco me lo tienen que dar?
Cada entidad financiera cuenta con sus propias políticas para aceptar y tramitar solicitudes de crédito. La aprobación de una solicitud de crédito dependerá de la evaluación del cliente en función a sus ingresos, sus gastos, la capacidad de pago, la calificación crediticia en la central de riesgos y otros factores a considerar dependiendo del tipo de producto solicitado.
¿Por qué el banco me cobra comisiones o gastos si pago ya intereses?
Las comisiones y gastos bancarias no son un sobrecosto cargados indiscriminadamente, sino son el costo por los servicios que brinda la entidad financiera en función a la necesidad de uso de cada persona
Así, las comisiones son pagos que realizan los clientes por utilizar los servicios adicionales y/o complementarios brindados por las entidades financieras, debido a que involucran costos de personal, administrativos y operacionales.
Los gastos son aquellos costos en que incurren las entidades financieras con terceros para proveer de servicios a sus clientes, y que luego son trasladados a éstos (por ejemplo trámites notariales).
¿Pero los bancos cobran comisiones o gastos por cualquier cosa?
No, pues, y tal como lo establece la regulación, todas y cada una de las comisiones y gastos que los bancos cargan a sus clientes tienen una justificación para su cobro; además el ente supervisor determina las distintas categorías y denominaciones de comisiones que los bancos pueden cobrar.
¿Todos los bancos cobran lo mismo por comisiones o gastos?
No. En un entorno competitivo en el cual operan las entidades financieras, cada institución establece el precio a trasladar a los usuarios e incluso no necesariamente cobran ciertas comisiones.
Es importante informarse adecuadamente a fin de saber comparar y de esta manera elegir la opción que más le conviene al momento de elegir un producto o servicio financiero.
¿Dónde puedo conocer sobre los montos de interés, comisiones o gastos que cobran los bancos?
Cada entidad publica su tarifario de intereses, comisiones o gastos en sus oficinas, la página web o a través de su banca telefónica, solo solicítelo.
¿Los bancos pueden modificar los intereses, comisiones o gastos de los contratos de crédito?
Sí. En los contratos en los que se prevea la posibilidad de variar comisiones, tasas de interés y gastos, las modificaciones a estos conceptos entran en vigencia a los cuarenta y cinco (45) días de comunicadas, salvo que estas variaciones sean favorables al usuario, en cuyo caso pueden hacerse efectivas de inmediato y sin necesidad de aviso previo.
¿Si tengo dinero extra puedo cancelar antes mis préstamos o créditos?
Sí, es un derecho de todo consumidor poder cancelar sus préstamos o créditos antes de los plazos acordados; para lo cual, puede solicitar dos tipos de operaciones:
El pago anticipado, si es que desea dirigir su pago a amortizar, total o parcialmente, el capital de su deuda; o,
El adelanto de cuota, si solo desea dirigir el pago a cancelar las cuotas restantes con posterioridad a la exigida en el mes.