Ciencias Sociales, pregunta formulada por xg1553257, hace 6 meses

que son las acciones personales​


lavivi122: La que corresponde a alguno para exigir de otro el cumplimiento de cualquiera obligación contraída, ya dimane ésta de contrato o de cuasicontrato, de delito, cuasidelito o de la ley; y se dice personal porque nace de una obligación puramente de la persona (por oposición ^ a cosa) y se da contra la obligada o su heredero. Quien la inicia pide que determinada persona dé, haga o no haga aquello a que se obligó; en su consecuencia, el actor ha de acreditar la obligación en cuya virtud demanda.
cristobalkriis: ok

Respuestas a la pregunta

Contestado por josueluevanos91
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Respuesta:

modo que tiene el deudor de reclamar en justicia el cumplimiento de una prestación obligacional nacida de un contrato o de un delito.

Explicación:

Espero ayudarte

Contestado por cristobalkriis
0

Respuesta:

las acciones personales son aquellos por medio de las cuales el acreedor puede exigir cumplimiento de la obligación al deudor. nacen de los derechos personales o deudas.

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