¿Qué significado tiene
para la convivencia
democrática comprender
que los pueblos indígenas
son anteriores al Estado?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Cuando se constituye el Estado moderno, los indígenas, es decir,
los habitantes originarios del continente denominado “América” serían
excluidos de hecho y derecho de los sistemas de representación. De
hecho, en los marcos constitucionales que se establecieron al inicio de
las repúblicas latinoamericanas, la figura del ciudadano no contemplaba la diferencia y excluía de manera explícita a los indios de todo el sistema de representación, de todo el entramado institucional del Estado.
Los indios, para el poder, estaban fuera de la política, fuera del
Estado, fuera de la república, fuera del presente y de la historia. El
orden que se construye los excluye de facto y de juris. Para ser ciudadano es necesario ser blanco-mestizo, es necesario tener rentas, es
necesario saber leer y escribir. Y es una exclusión que se hizo desde la
razón, que se justificó y legitimó desde ese entramado conceptual, teórico, axiológico y normativo dado por la modernidad.
Las primeras constituciones de las repúblicas que se conformaron en América, a lo largo del primer y segundo tercio del siglo XIX,
hablan del ciudadano pero en la acepción burguesa de los derechos
políticos. Los indios simplemente no existen. El proyecto de la razón
los había invisibilizado. Es cierto que subyacen relaciones de poder y
que, dentro de esas relaciones de poder, los pueblos y naciones originarios tendrían la peor parte, pero también es cierto que se está constituyendo un nuevo orden civilizacional que busca romper todo tipo
de amarras con una sociedad cerrada en sí misma, la sociedad medieval, teocrática y feudal, un nuevo orden que busca legitimarse y justificarse desde la razón moderna.