Ciencias Sociales, pregunta formulada por sototaipedanitza, hace 6 meses

que señala la constitución política del Perú sobre la democracia​

Respuestas a la pregunta

Contestado por dinaluzrodriguez2010
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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ

P R E Á M B U L O

EL CONGRESO CONSTITUYENTE DEMOCRÁTICO, INVOCANDO A DIOS

TODOPODEROSO, OBEDECIENDO EL MANDATO DEL PUEBLO PERUANO Y

RECORDANDO EL SACRIFICIO DE TODAS LAS GENERACIONES QUE NOS

HAN PRECEDIDO EN NUESTRA PATRIA, HA RESUELTO DAR LA SIGUIENTE

CONSTITUCION:

TÍTULO I

DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD

CAPÍTULO I

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

Artículo 1°.- La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el

fin supremo de la sociedad y del Estado.

Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre

desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le

favorece.

2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen,

raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera

otra índole.

3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No

hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión.

El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no

ofenda la moral ni altere el orden público.

4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del

pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier

medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni

impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.

Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de

comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero

común.

Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o

le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar

comprenden los de fundar medios de comunicación.

5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla

de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el

pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal

y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad

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