¿que sectores se opusieron a la centralización del poder real ? ¿por que?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:Dame corona quiero avanzar por favor espero te sirva :
Explicación:La ideología nobiliaria de los siglos XVI, XVII y XVIII defendió un modelo de gobierno por asambleas, tanto a escala de los reinos como de las provincias. En este modelo, el país en que está implantada la tierra noble forma el marco legítimo de una representación del pueblo por la saniors pars. Este paradigma alimenta toda la literatura noble, desde los monarcómacos hasta Loménie de Brienne, pasando por Claude Joly, Fénelon, el duque de Borgoña, Mirabeau o el ministro Choiseul…
1 Cardin Le Bret, De la souveraineté du Roy, en Œuvres, París, 1689, p. 20.
2Se supone que la acción real habría combatido este modelo de gobierno local. De hecho, las asambleas políticas —Estados provinciales y Cortes— fueron activas hasta mediados del siglo XVII, pero luego fueron perdiendo su «virilidad», por usar el término de Alexis de Tocqueville. Fue atacada la aptitud de la nobleza al gobierno, no sólo por dudarse de su talento para el mando sino también por la promoción de letrados. Por su parte Juan Bodino, Guy Coquille o Cardin Le Bret acreditaron la idea de que la soberanía residía en el ejercicio, sólo por el monarca, del poder legislativo. En principio, «los jueces del reino no reconocen más leyes ni costumbres que las suscritas por nuestros reyes»1. Por fin, esta afirmación del absolutismo habría acabado con las pretensiones nobiliarias en toda Europa. En España, las Cortes de Castilla dejaron de ser convocadas entre 1665 y 1700, mientras en Francia, Luis XIII y Luis XIV dejaron de convocar los Estados provinciales.
3La historiografía vehiculó esta idea de una centralización lineal de los poderes durante mucho tiempo. Luego, en el marco de un interés renovado por la historia política, algunos estudios mitigaron tales aserciones, insistiendo no tanto en los fundamentos jurídicos de la centralización como en las prácticas administrativas del poder. Así, Charles Jago puso de relieve el papel de la Comisión de Millones y los procuradores en la gestión de la Hacienda del reino. Más aun: que los nobles fueran desapareciendo de las instancias centrales de decisión no impidió que el estamento militar controlara las instancias dirigentes de los «países» en que estaba arraigado. Gracias a las posiciones ocupadas en los cabildos nobles de las ciudades castellanas —consideradas por algunos como mini-Cortes—, la nobleza siguió participando en la gestión administrativa y, ante todo, financiera, del país. La dirección municipal llegó a ser un espacio de inversión política que mantenía una organización sociopolítica dual. Asimismo, en Francia, se observan formas de negociación local en torno a la aplicación de las directivas de Versalles. Las élites nobiliarias abandonaron su actitud de fronda ante el poder central, adoptando una cultura de compromiso en la puesta en obra de las políticas públicas, lo que inauguró útiles formas de descentralización. El coloquio celebrado en Lille en diciembre del 2006, sobre la nobleza y los poderes intermedios, insistió en la adaptación de los dirigentes provinciales a la centralización en toda Europa. Donde existían ciudadelas nobles bien implantadas, pudimos notar una vivificación de su papel y su contribución al desarrollo estatal.
2 P. Grémion, Le pouvoir périphérique, p. 163. Véase también P. Duran y J.-C. Thoenig, «L’État et la (...)
4Ideal nobiliario de gobierno local, construcción de la soberanía en torno a la ley del rey y regulación de la decisión política adaptada a los territorios: tales son las bases esenciales de la reflexión. El historiador llega aquí a conclusiones similares a las que los sociólogos de las organizaciones fueron elaborando por su parte: «una de las claves del análisis organizativo consiste en buscar identificar los modelos de mediación de que se dotan las organizaciones para controlar su entorno», precisa Pierre Grémion en su obra sobre el poder periférico2. El autor muestra en particular que la negociación de la aplicación de la regla central constituye un vector de autonomización del sistema de acción local. En el presente trabajo, deseamos ratificar o ver las singularidades de la idea de un modelo de gobierno local a la francesa basándonos en el caso de Artois, provincia de Estados que pasó de la soberanía francesa a la española en 1659. Se trata de interrogarlo a la luz de la historiografía reciente, para probar su pertinencia. Abordaremos sucesivamente los fundamentos del modelo de centralización, su adaptación y su crítica, antes de concluir acerca de su circulación.