que se necesita para lograr urbanizar un predio con tierras tomadas
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POR FAVOR ES PARA AHORA..
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Artículo 134º.- Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su costa, el pavimento de las calles y pasajes, las plantaciones y obras de ornato, las instalaciones sanitarias y energéticas, con sus obras de alimentación y desagües de aguas servidas y de aguas lluvias, y las obras de defensa y de servicio de terreno.
Sin embargo, cuando las obras de alimentación y desagüe que deban ejecutarse beneficien también a otros propietarios, el servicio respectivo determinará el pago proporcional que corresponda al propietario en estas obras, en la forma que determine la Ordenanza General.
Explicación:
espero te ayude
Respuesta:
Las urbanizaciones son habilitaciones de suelo que comprenden la subdivisión de un terreno en más de 10 lotes en área urbana y más de 20 lotes en área rural. S